México progresa en protección al bienestar animal
La protección animal ha avanzado de manera desigual de acuerdo a la especie, dejando rezagadas a aquellas usadas para consumo, y acorde al país. Gracias al Animal Protection Index (API) podemos evaluar los progresos e identificar las necesidades regulatorias según algunos criterios mínimos para garantizar mejores niveles de bienestar a los animales.
Sigue leyendo para conocer la calificación de México, las iniciativas para mejorar el ámbito de protección y cómo apoyarlas.
De acuerdo al último reporte (2020) de la API México califica como una “C”. A continuación te presentamos una tabla sobre la situación en nuestro país:
Rubro | Calificación “A” ideal – “G” peor |
Reconocimiento de la sintiencia y prohibición del sufrimiento animal | |
La sintiencia animal está formalmente reconocida en la legislación | C- Cada entidad federativa tiene su propia ley en la materia, por lo que el reconocimiento no es homogéneo. La Ley Federal de Sanidad Animal no reconoce la sintiencia. |
Leyes contra el sufrimiento animal | B- Cada entidad federativa tiene sus propias normas que castigan la crueldad, por lo que no hay una homogeneización. |
Existencia de legislación sobre Bienestar Animal | |
Protección de animales en granjas, conocidos como para abasto | D- En la Ley Federal de Sanidad Animal se tiene un capítulo sobre bienestar, sin embargo este es bastante general. Igualdad Animal en México impulsa la primera iniciativa para incluir un capítulo para proteger a todas las especies durante la crianza. Sobre el transporte y matanza de estas especies existe la NOM-051-ZOO-1995, Trato humanitario en la movilización de animales y la NOM-033-SAG/ZOO-2014, Métodos para dar muerte a los animales domésticos y silvestres; sin embargo, el material recopilado por nuestros investigadores revela que la crueldad e ilegalidad son la regla y no la excepción en estos lugares, pues en realidad no cumplen con esta Norma. |
Protección de animales en cautiverio | C- En la Ley General de Vida Silvestre se dispone sobre estos animales y se obliga a las autoridades a mejorar la calidad de vida de los mismos. No existe legislación relacionada con la cría de animales para obtener su piel. |
Protección de animales de compañía | B- A nivel estatal y local se incluyen disposiciones específicas sobre animales de compañía, sobre tenencia responsable, adopción, prohibición de abandono, entre otras. No es homogénea la protección a nivel nacional. |
Protección de animales usados para trabajo y recreación o espectáculos | D- No se tienen disposiciones específicas de bienestar para los animales utilizados con fines recreativos. En todo el país está prohibido el uso de animales salvajes en circos, pero en muchas entidades se permite la pelea de gallos y corridas de toros, así como rodeos y otros análogos. Existen disposiciones a nivel estatal sobre la obligación de dar alimento, agua, cuidado, descanso adecuado, así como horas de trabajo y carga de peso limitadas a los animales para trabajo. |
Protección de animales para uso científico | C- Tenemos la NOM-062-ZOO-19999, Especificaciones técnicas para la producción, cuidado y uso de los animales de laboratorio, pero no se han incorporado disposiciones en la Ley Federal de Sanidad Animal. La mayoría de las leyes de las entidades disponen el deber de cumplir la NOM, otras no mencionan la protección a estos animales. |
Protección del bienestar de fauna silvestre | C– La Ley General de Vida Silvestre está enfocada en la conservación, permite la explotación sustentable y prohíbe todo acto de crueldad por brutalidad, sadismo o zoofilia. Permite la caza cumpliendo ciertos requisitos y busca combatir el tráfico ilegal. |
Establecimiento de entidades públicas comprometidas con la protección de los animales | |
Responsabilidad del gobierno para el Bienestar Animal | C- No existe una Secretaría dedicada a la protección del bienestar animal, y esta se confunde con la protección al ambiente, por lo que se suele delegar a las autoridades ambientales o de agricultura. |
Incorporar estándares internacionales de Bienestar Animal a la legislación y política nacional | |
Estándares de Bienestar de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) | E- Dichos estándares se enfocan en el transporte, matanza, sistemas de producción (bovino para carne y para producción de leche, pollo y cerdo), control de perros abandonados, uso de animales para ciencia y equinos para trabajo. La legislación federal y estatal varía significativamente y no incorpora estándares de la OIE, como en el caso de los animales para abasto, o lo incorpora en normativa no obligatoria. |
Como puedes ver en México tenemos mucho trabajo por hacer pero también mucho por celebrar. Te contamos que en 2021, gracias a los Protectores de Animales, logramos:
- Aprobación de reformas al Código Penal de Puebla para sancionar la operación de rastros clandestinos y la matanza de animales sin previo aturdimiento;
- Instauración de procesos administrativos a partir de nuestras denuncias a más de 40 granjas por incumplir con sus obligaciones en materia ambiental y por producir desequilibrio ecológico, de acuerdo a nuestra investigación;
- Presentación y aprobación en Comisión de la primera iniciativa del país que busca dotar de protección a las especies usadas para consumo durante su crianza, esto en Jalisco, la principal entidad ganadera;
- Presentación de denuncias por crueldad animal en rastro de Hidalgo.
Si quieres apoyar nuestro trabajo legislativo en favor de los animales firma ahora en Leyes Para Los Animales.