Maltrato Animal al Código Penal en Chiapas

FIRMA para que el Congreso de Chiapas incluya el maltrato animal en el Código Penal y proteja a los animales.
Iniciativa para Incluir el Maltrato Animal EN EL CÓDIGO PENAL
Impulsamos una iniciativa en el Congreso de Chiapas a través de la Diputada Marcela Castillo Atristain, integrante del Grupo Parlamentario Movimiento Regeneración Nacional, para incluir el maltrato animal en el Código Penal del Estado.
Actualmente, Chiapas es la única entidad de México en la que no se puede denunciar el maltrato contra los animales como un delito, por ello es crucial que se apruebe dicha iniciativa y brindemos a los animales la protección que merecen.
¿Qué propone y cuáles son los actos de maltrato que se sancionarían?
La iniciativa busca sancionar a quien, por acción u omisión, realice uno de los siguientes actos de maltrato animal:
- Causarles la muerte utilizando cualquier medio que prolongue la agonía o provoque sufrimiento;
- La matanza de animales destinados al abasto sin previo aturdimiento o sin emplear los métodos establecidos en las normas oficiales mexicanas;
- Cualquier mutilación, lesión o marca permanente, sin fines médicos o de identificación o se realice por motivos de piedad avalados por un Médico Veterinario Zootecnista;
- Lesiones que pongan en peligro la vida del animal, le generen una discapacidad parcial o permanente o afecten el funcionamiento de un órgano o miembro;
- Torturar o maltratar a un animal por cualquier motivo;
- No proporcionar atención médico veterinaria al animal sobre el que tenga responsabilidad;
- El suministro o aplicación de sustancias tóxicas o drogas sin fines terapeúticos;
- Someter a los animales a exposición de ruidos, temperaturas, electricidad, aromas, vibraciones, luces, suciedad o cualquier otro tipo de fenómeno físico que les resulte perjudicial;
- Robar o mantener a un animal con el propósito de obtener rescate o un beneficio económico;
- Toda privación de aire, luz, alimento adecuado, agua limpia, espacio, movilidad, resguardo diario, cuidados médicos y alojamiento adecuado, acorde a su especie, que cause o pueda causar daño a un animal;
- Abandonar o desatender a un animal por periodos prolongados, así como mantenerlos permanentemente amarrados o encadenados;
- Mantener a los animales hacinados o aislados permanentemente, sin socialización cuando su especie lo requiera;
- Incitar a los animales para que se ataquen entre ellos;
- Usar animales vivos como como instrumento de entrenamiento en animales de guardia, de ataque o como medio para verificar su agresividad, salvo las especies de fauna silvestre manejadas con fines de rehabilitación y su preparación para su liberación en su hábitat, así como las aves de presa cuando se trate de su entrenamiento;
- Utilizar a los animales como blancos en actividades deportivas de tiro o caza, cuando no se cuente con licencia;
- Usar animales en trabajos o actividades que les implique un esfuerzo excesivo, repetición constante y reiterada de una misma actividad, falta de descanso que propicia su deterioro físico;
- Cualquier acto sexual con un animal.
Además, se agrega la sanción a la crianza, entrenamiento, posesión, transporte, compra y venta de perros para hacerlos pelear, así como la asistencia, organización, promoción, anuncio, patrocinio y administración de propiedades para tales peleas.

#MaltratoAnimal
¿Cuál es el proceso para que esta iniciativa sea aprobada?
La iniciativa se presenta y se turna a una Comisión, que la estudia y vota. Una vez aprobada en la Comisión, pasa al Pleno del Congreso del Estado para su votación. Si se aprueba en el Pleno, se envía al Gobernador para que apruebe y envíe para su publicación. Entrará en vigor después de su publicación oficial.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Para qué animales se aplica esta iniciativa?
+La iniciativa aplica para todas las especies de animales, ya que no excluye explícitamente a ninguna.
¿Qué sanciones se aplicarían por el maltrato animal?
+Por los delitos de maltrato animal se contempla una pena de dos a cuatro años de prisión y multa de cincuenta a trescientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente. Además, el responsable deberá reparar el daño, lo que debe incluir atención médica veterinaria, medicamentos, tratamientos o intervención quirúrgica requerida, hasta la total recuperación del animal.
Lo relacionado a peleas de perros se sanciona con pena de seis meses a cinco años de prisión y el equivalente de doscientas a dos mil veces el valor de la UMA vigente.
¿En qué casos se incrementarían las sanciones por maltrato animal?
+Las penas se incrementarán una mitad cuando el maltrato animal sea cometido por un servidor público en funciones o cuando sea fotografiado, videograbado y/o difundido con fines de naturaleza sexual o de lucro.
Si los actos de maltrato ponen en riesgo la vida del animal la pena se incrementará en una mitad y si provocan la muerte la multa será de quinientas a ochocientas veces el valor de la UMA vigente.
En lo que respecta a peleas de perros, la pena se incrementará una mitad si el responsable es un servidor público. En el caso de los asistentes al espectáculo, la pena será de un tercio de la prevista.
¿Qué pasa con animales que son víctimas de maltrato?
+Cuando el animal sobrevive, las personas que sean responsables del delito perderán todo derecho sobre el animal, el cual será llevado a un lugar donde se cubran sus necesidades, pudiendo ser asociaciones civiles que comprueben su capacidad y experiencia para dar resguardo temporal.
¿Cuáles son los métodos que prolongan la agonía y sufrimiento de los animales?
+Todos aquellos que no se realicen conforme a la norma oficial mexicana en la materia o se realice sin previo aturdimiento, como en el caso de animales criados para consumo humano. Algunos métodos serían el envenenamiento, disparos con arma de fuego, apuñalamiento, matarlos a golpes, hervirlos o congelarlos, entre otros.
¿Se incluye el delito de zoofilia en esta iniciativa?
+Sí, el término correcto para la práctica forense es realizar cualquier acto sexual con un animal, y está específicamente incluido en la iniciativa.
¿Es lo mismo un delito que un incumplimiento a una ley de protección animal?
+No. El incumplimiento a una ley de protección animal es una infracción administrativa, mientras que un delito es penal, reservado a las conductas más graves.


Con la eventual aprobación de esta iniciativa, Chiapas dejará de ser el último estado que no tipifica el maltrato animal como un delito. Representará un importante avance para todos los animales de la entidad que habían quedado rezagados de la protección legal contra cualquier acto de maltrato y crueldad.
Dulce Ramírez, Directora Ejecutiva en Igualdad Animal México


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